Decimoquinta Verdad de la Reforma Laboral

03 Sep Decimoquinta Verdad de la Reforma Laboral

El Gobierno limita la duración de los contratos por obra o servicio a 3 años ampliables hasta 12 meses más. Esta circunstancia no va a impedir la permanencia en la temporalidad mediante sucesivos contratos de obra mediante sucesivas contratas y subcontratas, como acontece en la actualidad.

Un trabajador puede estar contratado temporalmente mediante varios contratos a lo largo de su vida sin que en ningún momento llegue a obtener la condición de fijo, bajo el argumento de que estén amparados bajo el engaño de que dichas obras no han sido encargadas a la misma empresa.

Un trabajador del sector hostelería que realiza durante seis meses la campaña de verano como cocinero en una cadena de hoteles es contratado por diferentes contratas y subcontratas en que la cadena de hoteles repercute las labores de cocina. Como consecuencia, dicho trabajador no adquirirá la condición de trabajador fijo en toda su vida laboral ni con la cadena hotelera ni con las diferentes empresas subcontratadas por dicha cadena, dado que la reforma laboral no regula la subcontración de servicios.

Descarga aquí “Las 29 Verdades de la Reforma Laboral”

 

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