Las Federaciones de Comercio de UGT y CCOO lamentan que la patronal del comercio intente confundir a la sociedad castellano leonesa

18 Abr Las Federaciones de Comercio de UGT y CCOO lamentan que la patronal del comercio intente confundir a la sociedad castellano leonesa

 

Ante las diferentes informaciones que se vienen sucediendo en relación con las posibles aperturas de los establecimientos comerciales de Castilla y León, en especial del pequeño comercio, en los días festivos de semana santa CCOO y UGT queremos manifestar lo siguiente:

 

 

  1. La normativa reguladora de las aperturas del comercio en Castilla y León, establece de forma clara y precisa los días en los que es posible abrir el comercio en Castilla y León. Esta normativa fue aprobada en su día con el consenso de todos los agentes implicados en el sector y en la misma se establece expresamente que el día 23 de abril no puede ser declarado de apertura para los establecimientos comerciales. Por tanto no ha sido una decisión política sino un cumplimiento de lo establecido en la legislación de comercio en Castilla y León.
  2. No entendemos las quejas sobre la decisión de la Junta del pequeño comercio, cuando sus representantes a nivel regional CONFERCO han sido tan irresponsables de no acudir a la reunión entre empresarios y sindicatos, en donde se llegó a un acuerdo sobre la apertura en Semana Santa del comercio.
  3. Si bien es cierto que en lo relativo a la legislación comercial, el pequeño comercio no tiene restricción a la hora de establecer sus horarios comerciales. No deben de olvidar que sí que existe una legislación laboral, y en este tema expresamente los Convenios Colectivos que son los que regulan por acuerdo entre patronal y sindicatos las obligatoriedad o no de trabajar en días festivos.
  4. Por tanto desde UGT y CCOO vamos a estar vigilantes del estricto cumplimiento de la parte que nos corresponde mas directamente y procederemos a denunciar ante la autoridad laboral, a todo aquel establecimiento grande, mediano o pequeño, que haga caso omiso a lo dispuesto en los Convenios Colectivos en lo referente a aperturas en domingos y/o festivos.

Share